Régimen de Fomento a las Inversiones Productivas
Es un beneficio para las PyMEs registradas que realicen inversiones productivas entre el 01/07/2016 y el 31/12/2018. Se entiende por inversiones productivas aquellas que se realicen en bienes de capital tangibles u obras de infraestructura, amortizables en el impuesto las ganancias, excluyendo los automóviles.
Se puede computar como pago a cuenta el 10% sobre el valor de las inversiones productivas con el límite del 2% sobre el promedio de los ingresos netos obtenidos en concepto de ventas, prestaciones o locaciones de obra o de servicios correspondientes al año fiscal o ejercicio anual en el que se realizaron las inversiones y el anterior.
Las industrias manufactureras el límite porcentual se incrementará a un 3%.
Se podrá solicitar la conversión en un bono de crédito fiscal el IVA de las inversiones que integre el saldo técnico en la última DDJJ presentada al momento de la solicitud del beneficio. AFIP se expedirá informando el monto aprobado por cada uno de los beneficios en base al análisis de los comprobantes declarados.
Para más información de cómo presentar la solicitud, comunicate con el equipo de Ilands.